Para conocer en qué Entidad Administradora de Plan de Beneficios de Salud – EAPB o Empresa Promotora de Salud - EPS está afiliado, usted puede consultar eligiendo de la lista desplegable el tipo de documento y registrando su número de identificación a través de la Consulta de la Base de Datos Única de Afiliados BDUA del Sistema General de Seguridad Social en Salud BDUA-SGSSS dispuesta en la página Web de la ADRES a través del link https://www.adres.gov.co/consulte-su-eps.
Sí. Al no cumplir con los requisitos mínimos exigidos de acuerdo con lineamientos del Ministerio de Salud y Protección Social y normatividad vigente, se realizará el retiro con el debido proceso.
Sí. siempre que el usuario cotizante tenga encuesta SISBÉN metodología IV y esté clasificado en A, B o C. Para ello, debe hacer el debido proceso y avisar a la Empresa Promotora de Salud - EPS donde está cotizando que por terminación de contrato o por falta de recursos (si es independiente) no puede seguir aportando al sistema y que tiene encuesta SISBÉN vigente que lo beneficia para afiliarse al régimen subsidiado tan pronto se presente la novedad. La Empresa Promotora de Salud - EPS donde está cotizando deberá realizar las gestiones correspondientes para cambiar de régimen y garantizar la continuidad de su afiliación y prestación de servicios de salud en la misma EPS a usted y su grupo familiar. Este proceso se conoce como MOVILIDAD.
Si la encuesta le fue realizada con la metodología anterior (antes del año 2019) según las normas vigentes, es obligatorio realizar una nueva encuesta con la Metodología IV.
Si la encuesta fue realizada recientemente, no se debe repetir a menos que haya cambiado de domicilio o requiera actualización de datos. (Más información la puede solicitar a través de la oficina SISBÉN, ubicada en la sede de la Alcaldía Municipal).
No. Recuerde, que el SISBÉN es una encuesta. Para asegurarse en Salud debe afiliarse al Sistema General de Seguridad Social en Salud a través del Régimen Subsidiado o Régimen Contributivo en Salud, mediante una EPS o EAPB.
Para garantizar la accesibilidad a los servicios de salud, debe informar a la Empresa Promotora de Salud - EPS donde está afiliado y solicitar Portabilidad (autorización de un punto de atención en el municipio donde emigró) mientras define su residencia definitiva y aseguramiento en una Empresa Promotora de Salud – EPS presente en el municipio.
Importante que de acuerdo con los tiempos de emigración el proceso de PORTABILIDAD no debe superar los doce (12) meses. Tiempo en el cual, el usuario ya debió haber definido el aseguramiento en el municipio de residencia definitiva.
1. Realizar solicitud a la Empresa Promotora de Salud – EPS a la cual esté afiliado a través de los diferentes medios dispuestos y publicados en sus páginas web. (vía telefónica, correo electrónico, comunicación escrita en oficinas de atención al usuario, portales virtuales).
2. Informar en la solicitud de portabilidad los siguientes datos:
● Nombres y apellidos
● Número y tipo de documento de identificación
● Números de contacto
● Municipio del que se va (Municipio de origen)
● Municipio al que se traslada (Municipio receptor)
● Dirección en el nuevo municipio
● Tiempo de solicitud (menor a un año)
● Correo electrónico
● IPS en donde recibirá los servicios
El Artículo 100 de la Constitución Política de Colombia establece que los extranjeros disfrutarán en Colombia de los mismos derechos civiles que se conceden a los colombianos. Por lo anterior, los extranjeros que hayan legalizado su permanencia en el país a través de Migración Colombia, deben cumplir con los mismos requisitos que los colombianos para su
afiliación a una EPS, es decir, que quienes tengan ingresos deberán afiliarse al Régimen Contributivo, y quienes consideren aplicar al Régimen Subsidiado, deberán solicitar la Encuesta SISBÉN quedar en el grupo requerido para poder gestionar su afiliación en ese régimen de afiliación.
Extranjeros que NO han legalizado su situación en el país, deben hacerlo ante Migración Colombia y sólo podrán ser atendidos por casos de urgencia vital en Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud que presten el servicio de Urgencias.
Sí. Es importante que actualice los datos periódicamente, más aún si hay cambios en los datos de contacto, residencia, tipo y número de documento, nacimientos y fallecimientos entre otros. Esto garantiza la asignación de la IPS cercana al lugar de residencia y a disminuir barreras de acceso en la prestación de los servicios de salud.
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