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mar 16, 2025 10:59

Presencial

Autorización de Ocupación de Inmuebles

jueves, 20 de febrero de 2025

15 días hábiles

Trámite sin costo

Obtener el certificado que acredita el cabal cumplimiento de las obras construidas de conformidad con la licencia de construcción, en la modalidad de obra nueva u obra de adecuación a las normas de sismo resistencia y/o normas urbanísticas y arquitectónicas.

Dependencia: Inspección de Policía - Secretaría de Gobierno  
Presencial, ventanilla de correspondencia de la Casa de Justicia


Estado: Inscrito


Normatividad que sustenta el trámite:  1077 DEL 2015 ""Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio." SECCIÓN 4.


OTRAS DISPOSICIONES

ARTÍCULO 2.2.6.1.4.1 Autorización de Ocupación de Inmuebles. DECRETO 1203 DEL 2017 “Por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 1077 de 2015 Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio y se reglamenta la Ley 1796 de 2016, en lo relacionado con el estudio, trámite y expedición de las licencias urbanísticas y la función pública que desempeñan los curadores urbanos y se dictan otras disposiciones” (ART 11-13-14 Y 20) DECRETO 1783 DEL 2021 (ART 32)

Dirigido a que población: 


• Instituciones o dependencias públicas

• Ciudadanos

• Organizaciones

• Extranjeros

Documentos Requeridos:  


• Carta de solicitud.

Condiciones: El titular o constructor responsable debe solicitar el certificado una vez terminadas las obras.

• Fotocopia del documento de identidad del solicitante y/o tarjeta y vigencia del profesional responsable.

• Certificado de tradición y libertad con vigencia no mayor a 1 mes.

• Licencia de construcción: 1 Fotocopia(s)

• Planos aprobados (Arquitectónicos y estructurales): 1 Copia (Deben ser copias de los planos originales con los respectivos sellos de la curaduría urbano o de la Secretaría de Planeación de Tocancipá que lo aprueba y con formato como fue aprobado a pliego)

• Memorial de responsabilidad del Urbanizador o constructor responsable, aportado en licencia de construcción, con copia de la tarjeta y vigencia profesional.

• Fotocopia Bitácora de obra (para viviendas unifamiliares y bifamiliares no aplica este punto).

• Fotocopia de las Memorias de ensayo de laboratorios de materiales y concretos (para viviendas unifamiliares y bifamiliares no aplica este punto).

Requisitos exigidos:
• Haber culminado las obras construidas de conformidad con la licencia de construcción.


Duración que implica el trámite:


La autoridad competente tendrá un término máximo de quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de la solicitud, para expedir sin costo alguno la Autorización de Ocupación de Inmuebles, Debe estar radicado en legal y debida forma.

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