jueves, 20 de febrero de 2025
1 día
Trámite sin costo
Autorizar inhumación de cadáveres ante los cementerios.
Dependencia: Secretaría de Gobierno
Estado: Inscrito
Normatividad que sustenta el trámite: LEY 66 DE 1916
Dirigido a que población: Toda la población a través de las funerarias
Documentos Requeridos: Es función de la funeraria radicar los siguientes documentos:
1. Certificado de defunción
2. Copia del documento de identidad del fallecido
Nota: que los documentos sean totalmente legibles
Requisitos exigidos: N/A
Reducir
Aumentar
Alto contraste
Jaws
Centro relevos